TEJEDOR, José - La torre, las campanas y el reloj (1ª parte)

La torre, las campanas y el reloj (1ª parte)


La torre a finales del siglo XX

Tenemos noticias de la existencia del Reloj del Común en el año 1566, cuando en mayo el Regimiento multa al encargado del reloj porque éste había estado parado tres días, en octubre vende granos para pagar su arreglo y en diciembre concierta su mantenimiento por un año con el Relojero Fabián de Tapia, pagándole por ello 6 ducados.

Mandaron descontar al Relojero de esta villa, que se cuenta al aderezo de él, por cuanto no anduvo viernes ni sábado ni domingo, seis reales por no lo aderezar ni dar cuenta al Regimiento y que se le descuente del salario.

Que el Procurador venda el pan, trigo y centeno que hay, para pagar el aderezo del reloj.

Este día se concertaron con Fabián de Tapia, Relojero, que aderezaría el reloj por un año cumplido que corra desde el día de Navidad fin de este año cumplido fin del de sesenta y siete, porque le han de dar por el dicho año seis ducados pagados por sus tercios de cuatro en cuatro meses y el Concejo y los señores Regidores obligaron los bienes del Concejo que cumplirán lo susodicho.

Fabián de Tapia no debió de resultar muy satisfactorio para el Regimiento, ya que en febrero de 1567 se contrató el mantenimiento del reloj con Bartolomé González, pagándole 4 ducados por cada año que lo hiciese.

En Villamañán, a cuatro días del mes de febrero de mil y quinientos y sesenta y siete años, los señores Pedro Diez y Alonso Arias, Regidores de esta Villa de Villamañán, se concertaron con Bartolomé González, vecino de esta Villa, de que se tenga cuenta de aderezar y concertar el reloj de esta Villa, y por cada un año que lo aderezare y concertare, le dará el regimiento de ella cuatro ducados. Y así, el dicho Bartolomé González se obligó en forma, con su persona y bienes muebles y raíces, habidos y por haber, de que tendrá cuenta con el aderezo y concierto del dicho reloj, y no lo haciendo, que a su costa puedan tomar quien lo aderece y por lo que costare, le ejecuten.

El mantenimiento de las campanas y su arreglo, también estaba a cargo del Común de vecinos, teniendo incluso una persona encargada de tocar a queda. En abril de 1566 el encargado de hacerlo era Andrés Parrado, que cobraba 18 reales al año.

Y luego los señores Justicia y Regidores se concertaron con Andrés Parrado de que taña a queda un año cumplido, porque le den diez y ocho reales, y el Concejo de esta Villa y procurador de ella le dé nueve reales y otros nueve reales el Recaudador de los padrones de gastos de Justicia; y así el dicho Parrado lo aceptó.

En marzo de 1567 se ordena arreglar las campanas para poder tañerlas.

Este día se mandó al Procurador de esta Villa que haga aderezar las campanas, para que con ellas se pueda tañer.

En enero de 1568 se renueva el contrato con Bartolomé González como encargado del reloj y en septiembre se manda arreglar el mismo.

Este día se obligó Bartolomé González, vecino de esta Villa, de aderezar el reloj desde hoy día en adelante, hasta primero de enero de sesenta y nueve años, de aderezar el reloj, porque le han de dar cuarenta reales, que el dicho aceptó, pagados por sus tercios.

Mandaron que el Procurador tenga cuenta que se aderece el reloj.

En noviembre de este mismo año se convoca un Concejo para ver la forma de pagar, entre otras cosas, el arreglo de la torre y la hechura de una campana.

Que se llame a Concejo para que se de cuenta al Concejo y vecinos de esta Villa por si quieren se arriende la hoja de las viñas de esta Villa para reparo de la torre y hacer la campana y pagar el salario del Médico y otras necesidades a la Villa y Regimiento necesarias, por cuarenta o cincuenta días.

En septiembre de 1569 hay que volver a arreglar el reloj.

Proveyeron que el Procurador tenga cuenta de que se traiga una persona que aderece el reloj y compre una tarima para él

En enero de 1570 el Regimiento paga a un Cerrajero de Valencia de Don Juan el arreglo del reloj y concierta con él todas las reparaciones que hubiese que hacer. Al mismo tiempo renueva el mantenimiento diario del reloj con Bartolomé González.

Se concertaron con Juan González, Cerrajero, vecino de Valencia, que por cuanto él aderezó el reloj e hizo ciertas ruedas y otras cosas, que por el trabajo de ello se le den cinco mil maravedíes y además de lo susodicho quedaron de darle de salario por un año cumplido que corre desde hoy día en adelante porque aderece y visite el reloj y como no sea pieza de nuevo, que todo lo demás lo ha de hacer, porque le han de dar tres ducados pagados por sus tercios y los señores Justicia y Regidores le señalaron el dicho salario por el dicho año por los dichos tres ducados.

Se concertaron con Bartolomé González, vecino de esta Villa, que el susodicho sea obligado por todo el tiempo que fuese voluntad de los señores Justicia y Regidores, de que en cada un año le señalaron de partida porque tenga cuenta de aderezar el reloj y concertarlo dos mil maravedíes, pagados por sus tercios y él aceptó el dicho salario y se obligó de lo concertar cada un año, por todo el tiempo que fuese voluntad de los señores Regidores de concertar el dicho reloj por el dicho salario.

En diciembre de 1572 el Regimiento contrata un nuevo encargado del reloj.

Este día, estando en el dicho Regimiento, cogieron y se concertaron con Miguel Criado, vecino de esta Villa, porque el dicho Miguel Criado ha de traer concertado el reloj de esta Villa por un año cumplido, que comenzará a correr desde el día de año nuevo venidero, principio del año de setenta y tres años, hasta el día de año nuevo del venidero de setenta y cuatro años, y le han de dar por su trabajo y servicio dos mil maravedíes y le darán aderezado todo lo necesario del dicho reloj y se le darán y pagarán los dichos dos mil maravedíes por tres tercios del año, de cuatro en cuatro meses del dicho año, que será la primera paga para primero de mayo y primero de septiembre y primero de enero adelante, y el dicho Miguel Criado tomó el dicho cargo de lo aderezar y en ello hacer sus diligencias para que el dicho reloj ande bien concertado y no lo trayendo tal, que a su costa el Regimiento pueda tomar a su costa quien lo aderece.

En marzo de 1575 el Regimiento concertó el arreglo y mantenimiento del reloj con el Cerrajero Juan de Quejo, concierto que se renovó en enero de 1576 y enero de 1577.

Este día se concertó con Juan de Quejo, Cerrajero, vecino de esta Villa, que aderece el reloj desde hoy dicho día en adelante, hasta año nuevo principio del año de setenta y seis años y le han de dar y pagar por su salario dos mil maravedíes, pagados por sus tercios de cuatro en cuatro meses, y el dicho Juan de Quejo se obligó de aderezar el dicho reloj por el dicho tiempo y si lo dejare de aderezar, por cada día pagará un real de plata y lo pagará de su persona y bienes y que no lo aderezando todo el dicho año el Común de esta Villa pueda coger otra persona a su costa que lo aderece.

Se concertaron los señores Justicia y Regidores con Juan de Quejo, Relojero, en que se queda desde aquí al día de Año Nuevo primero que viene, fin de este año y comienzo de setenta y siete años, de aderezar el reloj, que ande concertado, porque le han de dar por dicho tiempo seis ducados, pagados la mitad para el día de San Juan y la otra mitad fin de dicho año, con que si pusiere alguna pieza o fuese necesario aderezarlo se le pague; se obligó en forma de lo cumplir y los señores Justicia y Regidores y Procurador General de lo pagárselo.

Este día concertaron los dichos señores Regidores con Juan de Quejo, Cerrajero, que le dieron a aderezar y concertar el reloj de esta Villa por este presente año de setenta y siete en seis ducados y libre de todos los repartimientos concejiles que hubiere en esta dicha Villa y el dicho Quejo se obligó a lo cumplir así, los cuales dichos seis ducados le han de pagar por sus tercios de cuatro en cuatro meses y le han de dar libranza para ello y así lo concertaron ante mí el presente Escribano y lo firmaron de sus nombres dichos señores Justicia y Regidores, y por cada día que anduviere desconcertado el dicho reloj o no anduviere el dicho reloj, se le ha de descontar un real del dicho salario y lo aceptó así.

En octubre de 1577 el encargado de tocar las campanas era Domingo Beltrán.

Que se repartan diez ducados de las campanas, para pagar a Domingo Beltrán, que las tañó.

En marzo de 1578 el Alcalde Mayor del Adelantamiento ordena bajar una campana de la torre y enviarla a León, pero antes se debía sacar escritura notarial de su peso.

Mandaron que el dicho Procurador haga sus diligencias sobre la campana que los de León quieren sacar y llevar y no la saque hasta que muestre escritura del metal, que es del Concejo de esta Villa.

Mandaron que el Procurador tenga cuenta con tomar hombres para bajar la campana de la torre que se lleva por mandamiento del señor Alcalde Mayor y tenga cuenta con tomar y pesar novecientas cincuenta y seis libras y media de metal de ella que esta Villa puso y lo tenga en su poder y en guarda para de ello dar cuenta a esta Villa. Notifíqueselo. Dijo que dándole dineros lo hará; sin embargo de ello se le mandó lo haga, que por ello se le dará todo favor y ayuda.

Y después de lo susodicho, este dicho día, mes y año arriba contenido, diez y siete de marzo de mil y quinientos y setenta y ocho años, estando juntos, presentes los muy magníficos señores Paulo Baca, Luís Díaz, Regidores, en la casa del peso de esta Villa, por ante mi Luís Alvarez, Escribano público, Juan de Villa, Campanero, vecino de La Bañeza, dio y entregó a Fernando Alvarez, Procurador General de esta Villa, que así mismo estaba presente, novecientas y cincuenta y seis libras y media de metal que esta Villa le había dado para la campana que se había hecho, y en mi presencia y de los dichos señores Regidores, lo dieron y entregaron al dicho Fernando Alvarez, como Procurador General de esta Villa, para que lo tenga en su poder como cosa propia de este Concejo, para lo dar cada y cuando que le fuere pedido y sea necesario, y el dicho Fernando Alvarez lo recibió, habiéndolo pesado en el peso de esta dicha Villa y se dio por entregado y se obligó de lo dar cada y cuando que le sea pedido.

En 1579 el Regimiento contrata un nuevo encargado del reloj llamado Pedro Fernández, al cual se le renovó el contrato en abril de 1582.

Los dichos señores Justicia y Regidores se concertaron con Pedro Fernández Zapatero, vecino de esta Villa, en que tenga cuenta con aderezar el reloj y hacerle andar a sus horas y por el trabajo de ello le dan cincuenta reales pagados por sus tercios del año, de cuatro en cuatro meses; entiéndase por un año cumplido, de aquí a Año Nuevo, y el dicho Pedro Fernández se obligó a lo cumplir en forma y se le dé un vago en cuenta en lo que se concertaren, y se obligó el dicho Pedro Fernández que si no lo tuviere concertado, como pase un día entero, se le pueda descontar un real por ellos, por cada día.

Este día se concertaron con Pedro Fernández, vecino de esta Villa, para que aderece el reloj y tenga cuenta con que ande concertado y ande a su hora, por desde aquí al día de año nuevo primero y por ello y porque ha servido desde el día de año nuevo acá, le quedaron de dar y pagar de los bienes de este Concejo cincuenta reales, pagados en fin de año, y el dicho Pedro Fernández se obligó de lo aderezar y cumplir este contrato según por la orden que los demás contratos ha hecho, y lo otorgó en forma.

En diciembre de 1580 se acordó arreglar la campana buena que había en la torre, arreglo que no se pagó hasta febrero de 1581 por discrepancias con la persona que la arreglo.

Así mismo mandaron que se aderece la campana buena de esta Villa para la Pascua de Navidad y el Procurador tenga cuenta con hacerla aderezar.

Dijo que por cuanto por Juan Morán, Carpintero, vecino de esta Villa, ha sido pedido le pague el aderezo de la campana buena de esta Villa, que se aderezó por Navidad próxima pasada, y fue mandado a Diego de Lemos, Procurador General, nombrase una persona que viese lo que merecía el dicho Juan Morán y que el susodicho nombrase otra persona para el dicho efecto, por el dicho Diego de Lemos fue nombrado Tomé Bermejo, vecino de esta Villa, y el dicho Juan Morán nombró a Juan Rojo, vecino de Villacé, Carpinteros, los cuales, debajo de juramento que hicieron hoy dicho día, declararon que habiendo visto el aderezo que el dicho Juan Morán hizo en la dicha campana, merece por ello cuarenta reales.

En julio de 1581 se acuerda hacer una campana nueva y en noviembre se pide a las Cofradías que colaborasen en su pago.

El señor Pedro López Méndez, Teniente de Corregidor, dijo que cincuenta y cinco reales y veinte maravedíes que Francisco Ramírez y Francisco de Cureses, vecinos de esta Villa, dieron por su mandato que tenían en su poder del resto de la limosna que sacaron en esta Villa en este año como Reyes nombrados por los mozos, los depositen y den depósito en Diego Rodríguez, Regidor, vecino de esta Villa, para que los tenga en su poder para ayuda de la campana que se trata de hacer en esta Villa, les mandó no acudan con ellos a ninguna persona hasta que por él o por la Justicia de esta Villa sea mandada otra cosa, y el dicho Diego Rodríguez los recibió y de ellos se dio por entrego y otorgo depósito en forma.

Que se hagan diligencias con las Cofradías para que den dineros para la campana que al presente se hace, para lo que al presente se ha de pagar al Campanero.

En diciembre de 1582 el mantenimiento del reloj se concierta con Juan Serrano, Herrero que se iba a instalar en la Villa.

Este día se concertaron con Juan Serrano, Cerrajero, para que resida y esté en esta Villa por dos años cumplidos, que han de correr desde primero día de año nuevo que vendrá de ochenta y tres años, y por la asistencia de su persona se le da en cada uno de estos dichos dos años casa en que viva, que la pague este Concejo, que es la casa de la Cofradía de la Magdalena de esta Villa, que es la parte y pedazo frontero del caño, en lo que habita Andrés Rojo al presente, y así mismo le dan a costa de los dichos bienes de este dicho Concejo, en cada un año cuatro ducados, de estos dichos dos años, porque aderece el reloj de esta dicha Villa y ande concertado, y se le pague de medio año la mitad y en fin del año la otra mitad, y que lo traiga concertado y que se le descuente por cada un día que anduviere desconcertado dos reales; y que ha de aderezar y hacer el oficio de Herrero y aderezar rejas y picas y lo demás del oficio de Herrero y no lo haciendo o no lo sabiéndolo hacer y no sabiendo aderezar el dicho reloj, que este dicho concierto sea ninguno y se le quite el salario que así se le da por razón de lo susodicho; y así mismo de hacer azadas y azadones y cambiarlas y aguzar puntas y todas las demás cosas necesarias al dicho oficio de Herrero; y obligaron los bienes propios y rentas del Concejo de esta Villa habidos y por haber, para que le pagarán estos dichos cuatro ducados del dicho aderezo del reloj en cada un año y la dicha casa lo que costare, y el dicho Juan Serrano, estando presente, se obligó por su persona y bienes que asistirá en esta dicha Villa estos dichos dos años y aderezará el dicho reloj y hará el dicho oficio de Herrero y Cerrajero, donde no, que no lo haciendo y cumpliendo le quiten el dicho salario y no se lo den y le puedan despedir sin le pagar ni dar ninguna cosa y se le descuente del dicho reloj, no lo trayendo concertado, por cada día que anduviere desconcertado dos reales.

Algo falló en este contrato, ya que en febrero de 1583 el mantenimiento del reloj volvió a concertarse con Pedro Fernández, concierto que se renovó en mayo de 1585.

Este día se concertaron con Pedro Fernández, vecino de esta Villa, que aderece el caño de esta Villa y tenga cuenta con él como los años pasados, le señalaron ocho ducados y por el aderezo del reloj cinco ducados por este presente año de ochenta y tres años, pagados por la orden de los demás años pasados se le han pagado, y el dicho Pedro Fernández, estando presente, lo aceptó y se obligó a lo aderezar como los años pasados lo ha hecho, los cuales trece ducados se los pagarán de los bienes propios y rentas del Concejo de esta Villa.

Se concertaron con Pedro Fernández para que aderece el caño y el reloj de esta Villa por desde aquí hasta el día de año nuevo y se le señaló y dio de particular lo mismo que los demás años pasados se le señalaron y dieron y obligaron los bienes propios y reales de este Común por se los pagar por la orden que los demás años pasados se le han pagado. Y el dicho Pedro Fernández, estando presente, lo aceptó y se obligó en forma a lo así cumplir y hacer según y como los demás años pasados y con las mismas condiciones.

En marzo de 1586 el Regimiento prohíbe voltear la campana buena, sin su permiso.

Mandaron que el Sacristán de esta Villa ni otra ninguna persona no pueda tañer ni taña la campana buena en alto que tiene esta Villa, so pena de trescientos maravedíes y diez días de prisión, sin licencia del Regimiento.

En septiembre de este mismo año el reloj vuelve a estar parado porque no tenía la maroma de las pesas.

Y luego este dicho día, el dicho señor Corregidor mandó al dicho Procurador General que atento que no anda el reloj de esta Villa de algunos días a esta parte por no tener maroma y se le mandó la traiga y haga aderezar, la traiga dentro de seis días, so pena de prisión y de que se buscará a su costa.

En el siglo XVI las campanas se tocaban todos los días a mediodía y en 1587 el encargado de hacerlo era el Sacristán, siendo pagado por el Regimiento. También era obligación del Sacristán tocar las campanas cuando fuere necesario.

Mandaron que se notifique a Pedro García, Sacristán, y a Diego de Lemos, su fiador, que desde aquí adelante tenga cuenta con tañer las campanas como está obligado, cada día a mediodía y en tiempo de necesidad, sin faltar un punto, so pena de cuatro reales cada vez que no hiciere lo susodicho y que cualquiera Regidor o el Procurador General puedan coger cualquiera persona para las tañer y darle los dichos cuatro reales.

En 1590 el Regimiento concierta el mantenimiento del reloj con Santiago Santos, el nuevo Cerrajero instalado en Villamañán.

Estando en el dicho Regimiento los contenidos en esta cabeza, recibieron por vecino de ella a Santiago Santos, Cerrajero, vecino que fue de La Bañeza, con que el susodicho sea y haga por estar y asistir en ella diez años y a dar francas a contento del dicho Regimiento y por la dicha asistencia se le da y porque aderece el reloj se le dará de salario en cada un año tres mil maravedíes, con que si anduviese desconcertado dos días arriba pague y se le descuenten tres reales del dicho salario y si se fuese y ausentase durante los dichos diez años, la Villa a su costa pueda traer otro que sirva en su nombre y por ello pueda dar y dé fiador ser obligado a lo pagar y dar fianzas a contento del dicho Regimiento y estando presente a todo ello dijo que lo aceptaba y se obligó según lo dicho a lo cumplir y lo otorgó según lo dicho y rogó al dicho regimiento lo firmase por si y porque a su ruego según está declarado.

En 1592 hubo necesidad de llamar a un Cerrajero de Toral de los Guzmanes para que arreglase el reloj.

Item mandaron que el dicho Procurador envíe a llamar al Cerrajero de Toral para que vea al reloj de esta Villa, porque se aderece y repare.

En 1593 fue necesario realizar obras en la torre para evitar que se cayesen las campanas.

Que se notifique a Hernando Alvarez, Procurador General, que vea la lima que es una viga que está en la torre, que dicen se apareja para quebrar las campanas, la quite y repare, de suerte que no venga daño a las dichas campanas ni torre, con apercibimiento que si daño viniere será a su cuenta y cargo.

Mandaron al dicho Procurador General aderece la torre y la casa del Regimiento que está a cuenta de la Villa, con apercibimiento que si algún daño viniere a esta Villa será a su cuenta y de sus bienes y no de la Villa; y el dicho Corregidor se lo mandó lo haga; y yo el dicho Escribano lo notifique al dicho Hernando Alvarez, que dijo que él no tiene maravedíes, porque los propios están tomados por Santos Rodríguez y por los vecinos de Fresno, Alvaro de Rivera y Juan Sánchez, y así no tienen dineros y que dándole dineros lo hará; y el dicho Corregidor, sin embargo, le mandó lo mandado y yo se lo notifique, atento la costumbre de la Villa.

En enero de 1595 se hizo necesario recaudar 3.000 maravedíes entre los vecinos, para pagar el arreglo del reloj.

Primeramente ordenaron que se aderece el reloj y que ande concertado.

Item mandaron se repartan tres mil maravedíes para el reparo del reloj.

En febrero de 1596 se hicieron dos campanas nuevas para la torre.

Primeramente se concertaron los dichos señores Justicia y Regidores con Bartolomé Vélez, campanero, de que haga dos campanas para la Iglesia de esta villa, la una grande y la otra no tan grande, de los quintales que esta villa le pidiere, las cuales ha de hacer dentro de un mes desde el día que se le rematare; y la villa le ha de dar lo necesario y con las condiciones con las que se solían hacer las campanas, dando la madera que fuere necesaria para fundir las dichas campanas; y con estas condiciones puso postura de hacer las dichas campanas en 650 reales, sin que se le haya de dar más que la leña para el fuego; y hechas las dichas campanas a contento y vista de los dichos señores, las subirá a la torre y las pondrá en la parte que se le señalare, de suerte que luego se puedan tañer y tocar en alto, las cuales dará fijas y seguras; las cuales se han de pagar de esta manera: la tercera parte luego de contado, y otra tercera parte para el día de Navidad que viene de fin de este año de noventa y seis, y la otra tercera parte para el día de Navidad de fin del año de noventa y siete; y con estas condiciones y con que se remate dentro de ocho días, que se cuentan desde hoy día de la fecha, y con que si hubiere quien la bajare le den luego de contado mil maravedíes de prometido, hizo la dicha postura y se obligó a cumplir todas las condiciones contenidas en este contrato y de hacer obligación en forma siéndole rematado; y los dichos Justicia y Regimiento contenidos en la cabeza de este Regimiento le recibieron la dicha postura, hicieron y dieron el dicho prometido y le dieron de veinte libras una de metal de mermas.

Pareció presente Juan Fernández, campanero, vecino de Mogrovejo, y dijo que sobre la postura hecha por Bartolomé Vélez de Pedrosa, campanero, en razón de la hechura de las campanas y con las mismas condiciones, bajaba y bajo en hacer las dichas campanas en seiscientos reales, con que el prometido quede por cuenta de la villa y con que se le remate luego, las cuales dará hechas dentro de un mes contando desde hoy día de la fecha, y a vista y contento, puestas en la torre.

Se pregonó el remate de las campanas, por no haber quien las bajare, y se remató en Juan Fernández.

En septiembre de 1596 el Regimiento manda comprar una maroma para la pesa del reloj.

Que el Procurador traiga una maroma para la pesa del reloj con la brevedad posible, atento conviene para el orden del reloj.

En 1597 volvió a ser necesario pedir dinero a los vecinos para reparar el reloj.

Que se aderece el reloj siendo cosa que se pueda hacer manualmente y habiendo necesidad de más aderezo se notifique y requiera al armero de la villa de Benavente lo aderece conforme al contrato y escritura que hizo.

Que se escriba al Relojero que venga a aderezar el reloj y no viniendo se procure alguien que lo traiga.

Que se repartan tres mil maravedíes para el aderezo del reloj.

En este mismo año, el Visitador General del Obispado de León ordenó retejar la torre.

Que se notifique a los Mayordomos de la Iglesia de esta Villa cumplan los mandatos del Visitador pasado en la última visita que hizo en esta dicha Villa, en razón de aderezar el terno de brocado y retejo de la torre, con pena de los daños y prisión.

TEJEDOR, José

León Sur Digital (02-06-2020)

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