TARÍN, Santiago - Un juez falla que la campana del pequeño pueblo de Senan supera los límites acústicos y no puede utilizarse

Un juez falla que la campana del pequeño pueblo de Senan supera los límites acústicos y no puede utilizarse

Tañidos silenciados

En un principio sólo se usaba para bodas o la misa, pero en el 2014 se conectó a un reloj y daba todas las horas


La campana de la discordia del pueblo de Senan - Autor: ARCHIVO / LA VANGUARDIA

Las campanas son un sonido familiar y agradable para muchos, pero quienes viven cerca de ellas pueden acabar detestándolas. Un vecino Senan (Conca de Barberà) ha acudido a la juez para acallar las de su iglesia, que le hacían la vida imposible, y ha conseguido que cesen en sus tañidos mientras no se adapten a los límites máximos de ruido.

Senan es un pequeño pueblo de la comarca de la Conca de Barberà, de apenas medio centenar de habitantes y de gran belleza natural. Tiene una iglesia románica, construida en el siglo XII o tal vez en el XIII, en la que hay poca actividad: alguna boda o bautizos o una misa que viene a oficiar un párroco de la zona. En estos actos era cuando sonaba la campana. Hasta el 2014, cuando todo cambió. Entonces se puso otra que se conectó a un reloj, que desde que entró en funcionamiento daba los cuartos y las horas. No sólo se alteró la frecuencia, sino la vida de un vecino que vive a pocos metros del campanario y que no podía soportar el ruido.

El afectado recurrió al Ayuntamiento, pero la alcaldesa de Senan acabó dimitiendo. Cuando el Consistorio denegó sus requerimientos, acudió a la justicia e interpuso una demanda contra el municipio y el Arzobispado de Tarragona por medio de la letrada Elena Moreno Nogué, que recayó en el juzgado de lo contencioso-administrativo número 1 de Tarragona. En ella, solicitaba que se pusiera fin a los repiques.

Senan es un pequeño pueblo de la comarca de la Conca de Barberà, de apenas medio centenar de habitantes

El magistrado ha ordenado que así sea, en tanto que el sonido de la campana no se adecúe a los límites sonométricos. Esto es debido a que, si bien se han hecho diversos estudios sobre el nivel acústico, el magistrado ha tenido en cuenta el llevado a cabo por el propio Ayuntamiento en el domicilio del afectado, donde se registraron 56 decibelios cuando el máximo es 55.

La abogada presentó otros dos análisis elaborados por el Consell Comarcal y la Diputación de Tarragona, que señalaban que se superaba en 17 y 11 decibelios, respectivamente. Estos estudios no fueron admitidos por el juez. Curiosamente, uno de ellos estaba hecho por el mismo técnico municipal.

El magistrado ha sentenciado que cese provisionalmente el tañido de la campana de Senan hasta que se reduzca el ruido al límite legal. Y para comprobar que es así, la medición deberá ser siempre en la casa del afectado y nunca en otro punto de la población.

En su sentencia, el juez reflexiona acerca del decreto de la Generalitat sobre los centros de culto, en el que se dice que las campanas ubicadas en ellos quedan excluidas de la normativa de protección acústica, debido a sus usos atribuidos tradicionalmente. Aquí, el magistrado señala que se puede interpretar que el uso tradicional es para determinadas funciones, como anuncios de bodas o funerales, o para utilización constante, como en este caso. El fallo se decanta por señalar que se puede aplicar la norma para lo que ya existe y no para otras novedades, como el reloj, porque de lo contrario se estaría legalizando una nueva actividad relacionada con la campana.

El resultado es que, por el momento, la campana de Senan debe guardar silencio. Y el vecino puede descansar.

TARÍN, Santiago

La Vanguardia (16-07-2018)

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