CALVETE HERNÁNDEZ, Pascual - Catedral de Salamanca

CATEDRAL DE SALAMANCA

Campanas de Catedrales de las diócesis más importantes de España y de Aragón por Pascual Calvete

Las campanas, están situadas en la torre de las campanas; estando en fila, y sólo en tres lados (faltan las del E.) en nÚmero de nueve, altas y no estudiadas ni catalogadas: los nombres de algunas están grabadas en la piedra; la de Santa Bárbara, la de los Muertos, la de San Miguel; dos más pequeñas, en otro alto, arriba de la torre, está la grande, de Santa María de la O. No se voltean. Son del siglo XVIII, y tienen inscripciones de los símbolos de la fe, los Mandamientos, etc.

El Señor Dn. Juan Marcos, Arcediano de Ledesma, dijo: Hallarse dos campanas de la clave mayor sin poder servir, la una por estar quebrada, y la otra por estar falta de metal, de modo que la clave se hallaba desbaratada; por lo que parecía preciso se hiciesen nuevas una y otra; y que al presente se hallaba en un campanero que traía varios testimonios de las obras que había hecho en Benavente, Zamora y otras partes, que testificaban su destreza; y en caso supuesto, si al Cabildo le parecía, se podían hacer, y oída la proposición por el Cabildo, enterado de la suma falta, que a la clave hacían las dos campanas, convino en que se hicieran luego.

El día 28 de julio de 1745, siglo XVIII, asimismo el referido Señor Arcediano de Ledesma, hizo presente que el campanero, por falta de gente, no tocaba las campanas a vuelo, dejándolas unas veces levantadas y otras caer de golpe, con lo que era muy contingente que se quebrasen; y también para que tocase a tiempo, muchas veces era necesario que su hijo saliese del Coro, y subiese a ayudarle; por lo que hallando dicho señor las faltas que hacía y lo poco que cumplía con su obligación, había estado para multarle, pero que no había pasado a cosa alguna hasta ponerlo en noticia del Cabildo, como lo hacía, para que providenciase, cuya proposición oída se pasó a tratar y conferenciar largamente sobre ello y sobre multarle correspondía a dicho señor como Obrero Mayor; y Últimamente se decidió, que dicho campanero en adelante, toque las campanas a vuelo y aun tiempo y acabado el toque, las baje sin dejarlas en modo alguno levantadas y para que lo pueda ejercitar, como se debe, toma criado que le ayude, y mediarse a que en los Solemnes no podrán solos dos tocar, para estos, necesitando más gente; y así mismo concedió a dicho señor Obrero Mayor, facultad amplia para que si cometiese alguna falta, le pueda multar, apercibiéndole, que de no corregirse será expulso; todo lo cual mandó se hiciera saber al referido campanero, para que estuviese enterado.

El día 1, de septiembre de 1745 se hizo saber este decreto a Félix Alvarez, campanero en su persona.

Publicado en "Campaners" nº 4 - Gremi de Campaners Valencians - València - 1991
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    Actualización: 29-03-2024
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