ARCHIVO MUNICIPAL DE LA PUEBLA DE ALFINDÉN - Fundición de la campana Sta. Bárbara

Fundición de la campana Sta. Bárbara

Exposición de condiciones, gastos de la fundición y maestro fundidor.

En La Puebla de Alfindén a veinticuatro de Septiembre de mil ochocientos noventa, reunido el Ayuntamiento en la casa consistorial los señores del Ayuntamiento bajo la presidencia del señor Alcalde D. Francisco Alcrudo, este señor manifestó a los concurrentes que la reunión tenía lugar para poner las condiciones por las cuales había de fundirse la campana denominada S ta. Bárbara que por haberse roto se había acordado en la sesión anterior proceder a verificar esta operación la cual había de llevar el fundidor D. Paulino Ballesteros.

Presente este así como también el señor Regente de esta parroquia D. Fermín Duarte, se acordó en primer término que los gastos que origine dicha operación han de ser satisfechos, la mitad por el Ayuntamiento y la otra mitad por dicho señor Regente del culto parroquial.

Acordado lo anterior el expresado señor Ballesteros dijo que las condiciones por las cuales había de proceder en la fundición de dicha campana eran las siguientes:

  1. La campana será fundida por cuenta del señor Ballesteros quien se compromete a ponerla en el punto de donde se tomo o sea en la torre y en posición de poderse bandear siendo de su cuenta todos los gastos que ocasione la conducción de llevarla y traerla y sus anejos siendo de cuenta del Ayuntamiento la ayuda que necesita para colocarla.
  2. Por lo que ha de contar todas las operaciones de fundición y demás, se han de abonar al señor Ballesteros diez pesetas por cada arroba de peso que tenga antes de fundirla.
  3. Teniendo en cuenta que la merma del metal que ha de fundirse es del diez por ciento, se tendrá en cuenta esta circunstancia para el abono al fundidor del que resulte al pesarse después de fundirla a razón de cincuenta pesetas por cada arroba de dicha merma y aumento que pudiera tener sobre el peso de dieciséis arrobas y seis libras que hoy resulta.
  4. El señor Ballesteros y en su casa sus hermanos Braulio y Benito garantizan la campana por cuatro años siempre que se inutilizase por causas naturales y nunca por excesos o accidentes imprevistos.
  5. El pago de las operaciones mencionadas o sea de la fundición y metal que ha de abonarse, se hará en cuatro años abonándose el primero el próximo día del Pilar y los tres restantes en igual día de los años sucesivos.

Conforme tanto el Ayuntamiento como el señor Regente y el Paulino Ballesteros se levantó la sesión firmando esta acta todos los señores que saben y por los que no lo hace el Secretario que suscribe de que certifico.

Francisco Alcrudo
Fermín Duarte Regte
Mariano Alcolea
Paulino J. Ballesteros
Isidoro Huguet
Francisco Alcolea
Manuel Alcolea
Mariano Fierro
Blas Lisón
ARCHIVO MUNICIPAL DE LA PUEBLA DE ALFINDÉN
Ayuntamiento de La Puebla de Alfindén (24-09-1890)
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