Referencia 880
Protección El templo tiene la condición de Bien de Relevancia Local según la Disposición Adicional Quinta de la Ley 5/2007, de 9 de febrero, de la Generalitat, de modificación de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano (DOCV Núm. 5.449 / 13.02.2007). En consecuencia las intervenciones en las campanas deben comunicarse a la Dirección General del Patrimonio Cultural Valenciano adjuntando el proyecto previament al inicio de los trabajos.
Editor de la ficha MARTÍN NOGUERA, Xavier
Actualización 11-04-2000
| Localización | Campana | Fundidor | Año fundición | Diámetro (en cm) | Peso |
|---|---|---|---|---|---|
| Espadaña | María de la Cueva Santa (1) | 1900 | 23.00 | 7 | |
| Sala de campanas | Jesús, María y José (2) | 1719 | 36.00 | 27 |