Aunque en el Estatuto de Autonomía de 1982 como en el proyecto de nuevo Estatuto está prevista la organización territorial de la región, con la posibilidad legal de estructurar la misma en comarcas, si bien hasta la fecha no hay ninguna ley de comarcalización, y por tanto no existen divisiones comarcales con transcendencia administrativa.
En consecuencia se adoptan las Comarcas Agrícolas del Ministerio de Agricultura como unidades territoriales de segundo nivel.
La comarca es mucho más que una unidad agrícola, administrativa o territorial: es, a menudo y sobre todo, una unidad cultural, con rasgos similares - aunque diferenciados - compartidos, lo que justifica su interés.